SUPUESTOS

SUPUESTOS PRACTICOS. INTENSIVO

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Desde el primer día haciendo supuestos prácticos , formando parte de la preparación global de la oposición.

Aunque los supuestos no son más que preguntas tipo test es importante para la formación  y unir la memorización con la comprensión.

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SUPUESTO PRÁCTICO

 

El interno Fernando F. L. trabaja como encargado de Economato en un Centro Penitenciario desde el día 10 de Enero de 2.007. El Director le ofrece el día 10 de mayo de 2.008 una plaza en un programa específico de tratamiento que puede compatibilizar con su trabajo, tratando de paliar otras carencias personales de dicho recluso, entendiéndose que podían ser fundamentales en su proceso de reinserción, siendo rechazado dicho programa por el interno. Por contra, solicita el traslado a otro C.P. por proximidad a su domicilio familiar. El día 20 de mayo de 2008 se acerca a la ventanilla del Economato, donde realizaba su actividad Fernando, el interno Francisco C. M. queriendo obtener un envase de gel de baño sin abonar previamente su importe, indicando que ya lo pagaría. Al serle denegada la entrega del producto, compra el gel por medio de su tarjeta magnética. Al día siguiente presenta una instancia indicando que el producto le había producido sequedad en la piel teniendo que emplear un envase completo de crema hidratante, solicitando al Director que le sea entregado un envase de crema igual al gastado para compensar el perjuicio sufrido. Descontento por no haberle dado en un primer momento el producto solicitado y por el daño que, según él, le había producido el producto en su piel, accede sin autorización al economato, agrediendo a Fernando que se encontraba en el mismo. En este hecho rompe un mueble de estanterías, cayendo numerosos productos cuyos envases se esparcen por el suelo, provocando pérdidas en mercaderías por valor de 250 euros.

 

 

Con estos datos, se pide contestar a las siguientes cuestiones:

 

 

  1. Si el interno Encargado de Economato rechaza la plaza en el programa específico de tratamiento:
  2. a)El interno perderá su puesto de trabajo al ser prioritarias las actividades propias de un programa específico individualizado de tratamiento sobre el resto
  3. b)El interno perderá su puesto de trabajo, pero tendrá preferencia para recuperarlo cuando exista una vacante.
  4. c)El interno pasará a desempeñar funciones de economato como destino no retribuido.
  5. d)El interno no perderá su puesto de trabajo.

 

  1. Si el interno es trasladado a otro C.P.:
  2. a)No necesariamente se le expedirá certificación acreditativa de todas sus circunstancias laborales al tratarse de un traslado de carácter voluntario.
  3. b)Tiene preferencia para la obtención de ese puesto en el nuevo Centro Penitenciario de destino.
  4. c)Tiene derecho a desempeñar ese puesto en el nuevo Centro Penitenciario de destino.
  5. d)Se le abonará a su salida del centro el tiempo proporcional de haberes que le pudieren corresponder por vacaciones.

 

  1. La cotización a la Seguridad Social por el trabajo del interno Encargado del Economato:
  2. a)Es obligatoria para el empleador.
  3. b)Es consolidable a la retribución a voluntad del interno.
  4. c)Es consolidable judicialmente a la retribución.
  5. d)Es obligatoria para el empresario colaborador de la Administración Penitenciaria.

 

  1. ¿Tiene derecho el interno Francisco a que le sea entregado un envase de crema hidratante como reparación al problema de sequedad de piel causado por el gel comprado?
  2. a)Sí.
  3. b)Sí, si lo solicita renunciando expresamente a otra acción reparadora.
  4. c)Lo indicado en el apartado b), e informe favorable del Subdirector Médico.
  5. d)No, ha de iniciar una acción de responsabilidad patrimonial contra la Administración.

 

  1. En caso de que el interno Francisco fuera insolvente para asumir las pérdidas que ocasionó en economato:
  2. a)Se iniciará de oficio el procedimiento de enajenación de los utensilios y efectos asignados al interno.
  3. b)No se le exigirá la reparación del daño, siendo asumidas las pérdidas como coste del taller por la administración penitenciaria.
  4. c)Se le exigirá la responsabilidad del daño.
  5. d)Se iniciará el procedimiento indicado en el apartado a), la venta constará en acta y su producto se ingresará en el Tesoro, conforme a lo previsto en el Art. 315 del Reglamento Penitenciario.